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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
333627
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1109

COOPERACION, LEY DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1109

Precedentes

Amparo 3878/36. Erreguerena Manuel. 11 de noviembre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Agustín Gómez Campos. Quinta Epoca: Tomo XLIX, página 2199. Amparo en revisión 4727/36. Solís Cámara Fernando. 25 de septiembre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo. Tomo XLIX, página 1491. Amparo administrativo en revisión 3241/36. Alamán Fernando. 3 de septiembre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.
Registro digital (IUS): 333627