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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1111
NACIONALIZACION, PRUEBAS EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1111
El plano proyectado para dar a un inmueble forma de templo, no prueba el hecho de la construcción total, máxime, si mediante prueba pericial se demuestra que de dicho inmueble sólo llegó a construirse una parte para asilo, y que éste no tiene la arquitectura propia de los conventos, porque sus locales y su distribución, no corresponde a las necesidades de un edificio de esa naturaleza.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4925/36. Rubín de Gómez de Parada Dolores y coagraviada. 11 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.