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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1228
DONACION ADMINISTRATIVA, SUSPENSION TRATANDOSE DEL DECRETO QUE LA DEROGA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1228
Si se reclama en amparo la ejecución del decreto de una legislatura, que derogó el que autorizó el gobernador del Estado respectivo para hacer una donación a particulares, y la donación ya se había efectuado, la suspensión debe concederse, por llenar se los requisitos que establece el artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1853/6. Cárdenas López Francisco. 13 de noviembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.