Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/333660
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1357
PROCEDIMIENTO ECONOMICO-COACTIVO, SUSPENSION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1357
No puede estimarse que la suspensión de un procedimiento económico-coactivo implique que el interés del fisco esté satisfecho, y que si existen otros impuestos posteriores, ya fueron materia del citado procedimiento económico-coactivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7043/35. Rodríguez Dámaso E. 18 de noviembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.