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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1416
EMBARGO DE CREDITOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1416
Para los efectos de la suspensión, el embargo de un crédito sólo se perfecciona cuando el deudor ha sido debidamente notificado de la providencia.
Precedentes
Tomo L, página 2205. Indice Alfabético. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5713/36. Keller Allen y Compañía. 19 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Relator: Daniel Galindo.
Tomo L, página 1416. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5711/36. Alleh Goh, O'Hashi y Compañía. 19 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Relator: Daniel Galindo.