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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1416
SUSPENSION CONTRA LA AUTORIDAD EJECUTORA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1416
Cuando la suspensión se concede contra la autoridad que ordena el acto, debe entenderse también comprendida a la autoridad ejecutora, aun cuando no haya todavía recibido la orden respectiva, ya que al otorgarse el beneficio, no puede hacerse distinción entre el fallo y su ejecución, pues, de no ser así, la suspensión carecería de eficacia práctica.
Precedentes
Tomo L, página 2443. Indice Alfabético. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5713/36. Keller Allen y Compañía. 19 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Relator: Daniel Galindo.
Tomo L, página 1416. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5711/36. Alleh Goh, O'Hashi y Compañía. 19 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Relator: Daniel Galindo.