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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1446
TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1446
Si el que pretende se le tenga como tercero perjudicado en un juicio de amparo administrativo, afirma que es el demandado en el procedimiento económico-coactivo que motivó el amparo, por ser propietario de la finca rústica de que se trata, no puede estar comprendido en caso de los previstos por el artículo 5o., fracción III, de la Ley de Amparo, sino en la fracción I del mismo artículo, es decir, tiene el carácter de agraviado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 242/36. Bustamante Luis Felipe y coagraviado. 23 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.