Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/333775
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 2020
CONSEJOS CONSULTIVOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL CARACTER DE LOS REPRESENTANTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 2020
Ni por su designación ni por la función que la ley les encomienda, puede considerarse a los Consejos Consultivos del Departamento del Distrito Federal, como organizaciones políticas, y, por tanto, los derechos que corresponden a sus miembros, no son de dicha índole; por lo que debe admitirse la demanda de amparo que por violación de esos derechos se pida.
Precedentes
Amparo 2814/37. Elodia R. de Rojas. 10 de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVII, página 3916. Amparo administrativo en revisión 4094/35. R. de Rojas Elodia. 10 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.