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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 80
NOTIFICACIONES POR LOS PERIODICOS OFICIALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 80
No puede decirse que surta efectos de notificación, el acuerdo publicado en el Diario Oficial de un Estado, que se limite a declarar de propiedad nacional, las aguas de un pequeño canal, sus cauces y riberas, pero omitiendo fijar la extensión que comprende tal declaración; pues no concurren los requisitos necesarios para que dichas notificaciones se tengan por legalmente hechas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 633/36. Compañía Terminal La Isleta, S.A. 4 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.