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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 195
ZONAS FEDERALES, PROPIEDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 195
La Constitución ha derogado parcialmente lo dispuesto en el derecho común, estableciendo un régimen especial de derecho público, en cuanto se refiere a zonas federales y, por tanto, no puede alegarse la posesión de una de esas zonas, fundándose en los artículos respectivos del Código Civil.
Precedentes
Tomo XLIX, página 2578. Indice Alfabético. Amparo en revisión 6770/35. R. viuda de Naranjo Guadalupe. 14 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Rodolfo Chávez. Excusa: Daniel Galindo.
Tomo XLIX, página 195. Amparo administrativo en revisión 4205/29. Compañía Petrolera del Agwi, S. A. 10 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.