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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 364
TIERRAS OCIOSAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 364
Si de la inspección ocular practicada, se desprende que en el mes de julio existían ya milpas en una parte de las tierras de una persona, ésta no pueden considerarse ya como ociosas, por haber sembrado maíz en ellas, y tampoco podría hacerse esa consideración respecto a aquéllas en las que, aun cuando su preparación y siembra se hubieren efectuado después del 20 de mayo, no se hubieran dedicado al cultivo del maíz, ya que no había expirado para el propietario, el plazo para la preparación y siembra de los cultivos a que iban a ser dedicadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6632/35. Arregui Manuel. 15 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.