Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/333873
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 456
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, MANIFESTACION DE LOS, SEMOVIENTES, PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 456
El artículo 15 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, impone a los causantes la obligación de anotar en los inventarios de explotación, los semovientes, siempre y cuando sean una fuente de ingresos, es decir, cuando sean objeto directo de explotación; por tanto, si no se llega a demostrar esta circunstancia, es indudable que dicho artículo no les es aplicable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6182/35. Gutiérrez viuda de Ruiz Ocejo María. 21 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.