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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 476
SOCIEDADES COOPERATIVAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE INSPECCIONAR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 476
La suspensión debe negarse contra los efectos de la orden de la Secretaría de la Economía Nacional, para que un delegado especial practique inspecciones, vigile y reorganice una sociedad cooperativa, puesto que el acto reclamado lleva como finalidad inspeccionar, en beneficio de los miembros de aquella sociedad, el manejo de la negociación; y esas medidas están inspiradas en un principio de interés general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2697/36. Federación Regional Platanera de Tuxpan, Veracruz. 21 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.