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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 493
AUTORIDADES RESPONSABLES, AGRAVIOS DE LAS, EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 493
Los que interpongan las autoridades responsables son improcedentes, aun cuando hagan enumeración de las disposiciones legales en que fundan sus actos, si tales disposiciones no fueron invocadas en su informe con justificación, y si por el mismo, el Juez de Distrito no tuvo base para tener por justificada la legalidad de los actos que se reclaman.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5813/34. Basurto José S. 22 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.