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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 578
PETROLEO, PROPIETARIOS DE TERRENOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 578
Aunque es cierto que con anterioridad a la fecha de la vigencia de la Constitución actual, los superficiarios llegaron a estar legalmente facultados para disponer del subsuelo petrolífero, esta posibilidad desapareció con posterioridad a la fecha indicada, puesto que el artículo 27 nacionalizó totalmente y sin distinción de especie alguna, el petróleo y demás carburos de hidrógeno, y por lo tanto, resulta antijurídico exigir que en un contrato relativo a terrenos petrolíferos, se hubiera hecho enajenación expresa de lo que entonces estaba substraído al patrimonio de los particulares y que sólo hasta la fecha en que se expidió la Ley de 1925, se consideró como un derecho susceptible de confirmación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1888/30. Pascual Félix José Jesús. 24 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.