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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 578
PETROLEO, TITULARES DE DERECHOS AL SUBSUELO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 578
Como el artículo 27 de la Constitución nacionalizó, en términos generales, el petróleo y demás combustibles existentes en el subsuelo de la República Mexicana, y no fue sino la ley reglamentaria respectiva, la que definió la situación en que quedaban los titulares de cualquier derecho de subsuelo, ejercitado con anterioridad al primero de mayo de 1917, sería antijurídico pretender que en los contratos celebrados entre esa fecha y la de la excepción de la Ley del Petróleo, se hiciera referencia expresa a derechos cuya situación estaba ilegalmente indefinida, ya que esto implicaría la exigencia de determinadas cualidades de previsión, en los particulares contratantes, muy difíciles de realizarse en el período de tiempo que se indica, por la situación legal que prevalecía en esa época y que sólo quedó definida al expedirse la Ley del Petróleo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1888/30. Pascual Félix José Jesús. 24 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.