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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 584
ACTOS RECLAMADOS, PLURALIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 584
Aunque en dos resoluciones la conclusión a la que se llegue sea la misma, si no son idénticos los fundamentos legales que sirven de apoyo a cada una de ellas, no pueden considerarse ni jurídicamente ni de hecho, como un solo acto para los efectos del amparo, por ser dos actos enteramente diversos y hasta de fechas distintas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 682/31. Rivera Gaspar. 24 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.