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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 666
ZONAS FEDERALES, RECURSOS CONTRA LA DECLARACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 666
La facultad discrecional que el artículo 5o. de la Ley de Aguas de Propiedad Nacional otorga a la Secretaría de Agricultura, para declarar exenta de ribera o zona federal la parte encausada de las corrientes o la parte limitada de los vasos, sólo en las porciones comprendidas dentro del patrimonio de las poblaciones y cuando la existencia de las zonas sea imposible o haya razón de utilidad pública que obligue a suprimirlas, no puede estimarse que encierre un recurso al que se debe ocurrir antes del amparo, cuando lo que en éste deba decidirse, es si un canal tiene o no, zona federal, ya que esto es lo que constituye la materia del juicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3676/33. Morales Manuel y coagraviados. 29 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.