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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
333938
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 214

LAGOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 214

Precedentes

Tomo XLIX, página 2350. Amparo en revisión 121/31. Guzmán Neyra Alfonso y coagraviados. 3 de septiembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza. Tomo XLIX, página 2350. Amparo en revisión 3484/27. Dolores Díaz Barriga viuda de Arriaga. 28 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo. Tomo XLIX, página 2350. Amparo en revisión 1990/31. Robles de Núñez Angela. 19 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Jesús Garza Cabello. Tomo XLIX, página 782. Amparo administrativo en revisión 3163/29. Guzmán Neyra Alfonso y coagraviados. 5 de agosto de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
Registro digital (IUS): 333938