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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 851
NACIONALIZACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 851
La suspensión debe negarse contra el fallo que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en un juicio de nacionalización, y contra el registro de aquél, por ser, el primero, acto consumado, y por lo que hace al segundo, por tratarse de la aplicación de una ley reglamentaria de la fracción II del artículo 107 constitucional, pues el interés general se afectaría en caso de concederse la suspensión, porque el acto está estrechamente vinculado con el estricto cumplimiento de las leyes reglamentaria de los preceptos constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2449/36. Vélez Carlos J. 7 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.