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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 884
NOTARIOS EN OAXACA, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 884
Es indudable que si el Estado de Oaxaca otorga el uso y manejo de los protocolos cerrados, al retirarlo, debe, para consolidar su dominio perfecto, indemnizar a los interesados, de acuerdo con el artículo 2o. transitorio, de la ley que creó el Archivo General de Notarías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6013/35. Martínez Guadalupe F. 8 de agosto de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.