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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 333997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1142
AGUAS, DOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1142
No puede reclamarse en un amparo la supuesta inconstitucionalidad de una resolución presidencial dotatoria de aguas, si ese acto fue reclamado en diverso amparo, y porque esa materia quedó sustraida a la competencia de la Justicia Federal, de acuerdo con la reforma del artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2536/25. Agraz viuda de Baez Virginia y coagraviados. 20 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.