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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 398
SOCIEDADES MERCANTILES, PERSONALIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 398
Es una inconsecuencia que una autoridad reconozca que una sociedad tiene existencia jurídica como contribuyente, deudora fiscal y propietaria de unos bienes secuestrados en un procedimiento económico coactivo, y le desconozca y niegue personalidad para defenderse contra el cobro que le haga y que aquélla considera injustificado, ya que si le reconoce personalidad para exigirle el cumplimiento de las obligaciones fiscales, lógico y jurídico es que también se le reconozca para acudir en defensa de sus derechos ante los tribunales federales. Por tanto, no puede coartarse a las sociedades nacionales o extranjeras, el ejercicio del derecho de defensa, bajo el pretexto de no estar acreditada en autos su existencia jurídica, pues basta que las autoridades procedan en contra, lesionando sus derechos, para que les sea lícito acudir al juicio constitucional.
Precedentes
Amparo 3688/35. "Cie. D'assurance Generales Contre L'Incendie" 15 de octubre de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el ponente.
Amparo 3563/35. "Agricultural Insurance Company of Watertown, N. Y.". 15 de octubre de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLIX, página 1208. Amparo administrativo en revisión 1989/31. "Utah Tropical Fruit Company". 21 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza no intervino en la vista de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.