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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1341
AGUAS, FACULTAD PARA DECLARARLAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1341
Cuando el Ejecutivo, ejercitando actos de poder, declara que son nacionales unas aguas, no tiene necesidad de acudir a la autoridad judicial, para que ésta decida esta cuestión, ya que la única controversia posible entre una autoridad y un particular, surge cuando se trata de investigar si el acto ejecutado por ella, es o no ilegal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 968/27. Vélez Pedro G. y coagraviado. 26 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.