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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334039
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1342
AGUAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1342
Si las aguas de un arroyo, de acuerdo con el dictamen pericial, son de carácter torrencial y no permanente, y queda acreditado que se utiliza totalmente en el predio del quejoso en amparo, en la declaración de que son nacionales es indudable que no se reúnen lo requisitos del artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 968/27. Vélez Pedro G. y coagraviado. 26 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.