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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1347
AGUAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1347
Si las aguas, objeto de una declaración de que son nacionales, son utilizadas por medio de canales artificiales, y aun cuando existan sobrantes que van a dar a un río, no aparece que están definidos sus cauces, es indudable que no puede considerarse que se reúnen los requisitos del párrafo respectivo del artículo 27 constitucional, ya que éste se refiere a condiciones naturales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4018/26. "Gómez Ochoa y Compañía". 26 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.