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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1487
AUTORIDADES, INTERVENCION DE LAS, EN EL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1487
Aunque un embargo reclamado en amparo, haya sido ejecutado directa y personalmente por una autoridad, es indudable que si del acta levantada por ésta, se desprende que el objeto del secuestro quedó a disposición de otra, debe admitirse la participación de esta última en el acto reclamado, y no puede sobreseerse en cuanto a ella, por ese motivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2184/36. Villalobos Ignacio. 3 de septiembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Garza Cabello.