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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1533
LEYES, DEROGACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1533
Si bien es cierto que es principio de derecho que la ley posterior deroga la anterior, este principio no se aplica cuando la disposición antigua estatuye sobre un caso particular y la nueva crea simplemente una regla general, puesto que en estos casos, prevalece de cualquier manera la disposición especial que se refiere a casos particulares.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3671/21. Compañía de Petróleo "El Aguila", S. A. 4 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.