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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1714
LEYES, CONSENTIMIENTO EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1714
Si una compañía minera trata de acreditar ante la autoridad administrativa que había venido efectuando los trabajos exigidos por una ley, es indudable que la consintió y, por tanto, no puede después de los quince días que la Ley de Amparo fija para presentar la demanda, contender en éste la anticonstitucionalidad de esa aplicación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1790/36. Sulphur Mining and Railroad Company. 12 de septiembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.