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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1876
FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1876
Del artículo 11 de la Ley de la Facultad Economicocoactiva, del Estado de Veracruz, se desprende que al ejecutor corresponde compeler al deudor, a que haga el señalamiento de bienes en que deba tratarse la ejecución, sujetándose al orden que establece el artículo 10 de la misma, pero no que el ejecutor deba someterse al mismo orden, en el caso de que el deudor se niegue a hacer el señalamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1619/36. Compañía de Petróleo "El Aguila", S. A. 23 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.