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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 2616
POSESION, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 2616
Los comprobantes de los pagos fiscales no pueden tenerse como prueba de la posesión del predio respectivo, puesto que el efecto probatorio de ellos, solamente alcanza las relaciones de los causantes con la Hacienda Pública, pero no pueden conceptuarse como pruebas perfectas, sino como débiles presunciones de la posesión y la propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6674/34. Ocejo Cesáre. 1o. de agosto de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Alonso Aznar Mendoza.