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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 206
AUTORIDADES RESPONSABLES, FALTA DE SEÑALAMIENTO DE LAS, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 206
El juicio de amparo es una controversia que se suscita ente el quejoso y la autoridad responsable y, por lo mismo, tiene que ser ésta designada exactamente, para que sea oída y darle oportunidad a que justifique o intente justificar sus actos, para que el Juez federal decida sobre sí se ha violado alguna garantía constitucional, y como esto no puede resolverse fundadamente y con conocimiento de causa, si no se designa a la autoridad de quien realmente ha emanado el acto que se reclama, puede resolverse sobre la constitucionalidad de él, si se señalan como responsables a otras que tendrán que limitarse a decir que son ajenas a esa cuestión, o que no han ejecutado actos de la autoridad que ha intervenido en el hecho que se reclama de determinado funcionario, debiendo sobreseerse en el amparo cuando se incurra en tal omisión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 823/36. Granados Clemente. 3 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo