Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334189
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 461
AMPARO EXTEMPORANEO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 461
Si no consta en autos que el quejoso en amparo, haya tenido conocimiento del acto reclamado, o que haya estado presente en la diligencia en que se verificó, es indudable que no hay base para computar el término que tenía para interponer dicho juicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1101/26. Navarrete Julia. 8 de abril de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.