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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334218
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 833
SACERDOTES, PENA A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 833
Si no queda demostrado que un sacerdote efectuó un matrimonio, en contravención al artículo 2o. de la ley reglamentaria del artículo 130 constitucional, la sanción que se le imponga, con fundamento en dicha disposición, es ilegal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1475/36. Ramos Chávez Rafael. 15 de abril de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.