Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334223
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 895
FRACCIONAMIENTO DE LATIFUNDIOS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 895
No existe contradicción alguna en el párrafo del artículo 27 constitucional, que declara que la nación tendrá, en todo tiempo, el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, y el XVII del mismo, pues el primero debe considerarse como fundamento del segundo, ya que significa que la nación, haciendo uso del derecho que tiene para imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, faculta al Congreso de la Unión y a las Legislaturas de los Estados, para que expidan leyes para llevar a cabo el fraccionamiento de las grandes propiedades que existen en el territorio nacional. Por tanto, como la Ley de Fraccionamiento de Latifundios del Estado de Tamaulipas, fue dictada de acuerdo con las facultades que a la Legislatura del Estado confiere el artículo 27 constitucional, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5258/35. "Zorrilla y Compañía". 16 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.