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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 907
REVISION, PERSONALIDAD PARA INTERPONERLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 907
La Ley de Amparo no concede personalidad a los superiores de las autoridades responsables, para interponer el recurso de revisión en el amparo, como representante de éstas y por tanto, el que interponga debe desecharse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3705/35. Moreno Manuel M. 16 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Aguirre Garza.