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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 944
IMPUESTOS Y MULTAS, COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 944
Aunque el cobro del impuesto y la aplicación de multas, se encuentran estrechamente relacionados, debe sobreseerse en el amparo que se pida contra éstos, por existir un recurso legal ordinario contra ellos, ya que en caso de que fuera ilegal la aplicación del impuesto sobre la renta a un causante, ésta sería precisamente la circunstancia que debería examinarse por el jurado de infracciones fiscales y en la que ese tribunal debería fundarse para revocar las multas correspondientes y, por tanto, el quejoso en amparo contra tales actos, debe agotar esos medios de defensa, antes de ocurrir al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5096/34. J. de Junquera Elena, sucesión de. 17 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.