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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 955
GARANTIAS RECLAMADAS, OMISION DE LAS, EN LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 955
Aunque no se exprese con precisión cuál es la garantía violada y el concepto de dicha violación, si repetidamente se menciona la inexacta aplicación de determinados artículos, de este concepto se deriva la violación de las garantías consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales, y que se trata de privar al quejoso de sus posesiones y derechos, sin ajustarse a leyes expedidas con anterioridad al hecho y sin que se haya fundado ni motivado la causa legal del procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 467/36. Vallejo José A. 17 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.