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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1723
BEBIDAS ALCOHOLICAS, INFRACCIONES EN EL RAMO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1723
Las multas impuestas por un jefe de Oficina Federal de Hacienda, no son definitivas, si son aplicadas para castigar infracciones en el ramo de bebidas alcohólicas, ya que la facultad de imponerlas, es exclusiva del departamento respectivo de la Secretaría de Hacienda.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2381/30. Bravo Adelaido. 29 de abril de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.