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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2119
BIENES NACIONALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE RESCISION DE ARRENDAMIENTO. DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2119
Si se reclama en amparo la resolución de la Dirección General de Bienes Nacionales, rescindiendo un contrato de arrendamiento, respecto de parte de una finca de propiedad nacional, con el fin de destinar ésta al servicio de la Secretaría de Educación Pública, la suspensión debe concederse, puesto que con ello no se ocasiona un perjuicio al interés general, ni se contraviene una disposición de orden público; ya que no es indispensable desalojar desde luego al inquilino, en atención a que la finca tiene otros locales en los cuales se pueden instalar las oficinas dependientes de dicha dependencia del Ejecutivo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1458/36. Jarque Francisco y coaga. 8 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.