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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2670
MILITARES, PERDIDA DEL CARACTER DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2670
Si consta fehacientemente, que un militar pidió permiso para desempeñar cargos políticos, después de haber reingresado al ejército, es indiscutible que después no puede ser privado de su cargo militar, sino por sentencia del tribunal competente, toda vez que el no ha obtenido su separación por los medios autorizados por la ley, ya que en ningún caso puede considerarse que el hecho de desempeñar un cargo de elección popular, pidiendo primeramente permiso a la autoridad militar competente, signifique la pérdida del carácter de militar, o el desconocimiento del mismo, cuando no se ha obtenido ni licencia absoluta ni ilimitada; por lo que si dicho militar manifiesta su resolución de seguir prestando sus servicios al Ejército Nacional, desde el primer día en que cesó en sus funciones del cargo político que desempeñaba, está fuera de duda que la resolución que lo prive de su cargo de militar no descansa en prevención legal ni en interpretación jurídica alguna.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4542/34. Sánchez José M. 5 de junio de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo.