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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2709
EXPROPIACION Y POSESION, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2709
La suspensión contraria debe negarse contra la expropiación de un predio rústico y contra sus consecuencias legales; puesto que la posesión dada es un acto ejecutado, la cancelación de los gravámenes que reporte el predio, no causa al quejoso ningún perjuicio de difícil reparación, puesto que éste sólo podría causársele a los titulares de los derechos que constituyen el gravamen, y la explotación, utilización y disposición de las maquinarias existentes en el predio y la disposición de herramientas, utensilios y demás bienes muebles que se encuentren en los bienes expropiados, son actos consecuencia de la adjudicación y tienen el carácter de ejecutados.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 114/36. Osornio Enrique C. 5 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.