Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/334379
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3013
DEPOSITARIO EN EMBARGOS FISCALES, SUSPENSION TRATANDOSE DE CAMBIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3013
La suspensión debe negarse contra el cambio de depositario decretado en un procedimiento económico coactivo, ya que con ese acto y con la entrega de los bienes al nuevo depositario, no se causa al embargado perjuicio alguno; y, por otra parte, es necesario que los bienes embargados se encuentren en poder de alguna persona que merezca la confianza de la autoridad que ordenó tal diligencia.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1056/36. Limón Seguí Eduardo. 13 de junio de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.