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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334380
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3016
ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO DE MEXICO Y VERACRUZ, S.A., TRANSITO Y SERVICIO DE TRANSPORTE, POR ESCAPES FERROVIARIOS DE SU PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3016
Si se reclama en amparo la resolución de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, declarando que los Almacenes Generales de Depósito de México y Veracruz, S.A., no prestan servicio público al permitir el paso de los carros del ferrocarril por escapes de su propiedad, para llegar a conexiones del Ferrocarril Mexicano y del Banco de Crédito Agrícola; que dichos almacenes no tienen obligación de regular sus relaciones con los Ferrocarriles Nacionales de México y Mexicano, para el uso de dichos escapes, por medio de convenios que deben someterse a la aprobación de dicha secretaría y que podrán disponer de esos escapes, de acuerdo con la ley que determina su propiedad, la suspensión debe concederse respecto de los efectos de dicho acuerdo, que se traducen en suspender el tránsito y servicio de transporte de mercancías que prestan los Ferrocarriles Nacionales de México y Mexicano a la parte quejosa, por tratarse de una contienda entre particulares y no afectarse a la sociedad ni al Estado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1200/36. "Federico Ruiz e Hijos". 13 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.