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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3134
LEYES AGRARIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE APLICACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3134
La suspensión debe negarse contra la resolución del departamento agrario, que concede accesión de aguas a determinados terrenos, para el ejido de un pueblo, por tratarse de la aplicación de las leyes agrarias, que se han considerado de interés general e inmediata aplicación; pues, de concederse, se contravendría una disposición de orden público y se afectaría dicho interés general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1327/36. Vega Almada José de la. 18 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.