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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3261
NACIONALIZACION, JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3261
Si en el amparo que se pida contra el decreto que destina al servicio de la nación una casa, no se discute la validez o nulidad del contrato de arrendamiento celebrado por el quejoso, y éste demuestra estar de hecho en posesión de dicha finca, no puede el Juez de Distrito, ante quien se interponga el amparo, sobreseer dicho juicio, fundándose únicamente en que el contrato presentado adolece de determinados defectos que lo invalidan jurídicamente, pues esto no tiene relación directa con los actos que se reclaman.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1515/36. Puente Isidro. 23 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.