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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 552
AGUAS NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 552
Debe sobreseerse en el amparo que se pida contra la resolución que declare nacionales las aguas que pasan por unos predios, cuya posesión tenga el quejoso en virtud de un contrato de arrendamiento para explotación petrolera, pues es incuestionable que dicha declaración no le causa perjuicio, elemento sustancial del juicio de amparo, ya que el arrendatario no ejerce derechos de dominio sobre el inmueble, sino únicamente tiene la posesión precaria de el, como resultante de los derechos que emanaren del contrato de arrendamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2854729. Compañía Transcontinental de Petróleo, S.A.. 16 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.