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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 786
MEDICOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION DE EJERCER COMO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 786
La suspensión debe negarse contra los efectos de la orden de las autoridades dependientes de salubridad, para que se prohiba ejercer la profesión de médico a quien no tiene título, porque se perjudicaría al interés general, pues no es debido que se permita el ejercicio de la medicina a una persona que no ha acreditado, con el título legal, que tiene los conocimientos necesarios para ejercerla; ya que, de lo contrario, se perjudicaría a la salubridad pública.
Precedentes
amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6415/35. Miller Roberto F. 18 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.