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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1178
PRUEBAS, RECEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1178
No puede decirse que se haya descalificado la prueba de testigos, ofrecida por una de las partes, sin expresar un solo motivo de razonamiento de argumentación, si la autoridad responsable, al ocuparse de esta prueba, expresó claramente en su fallo, que no era de tomarse en cuenta, porque los testigos declararon sobre puntos ajenos al hecho básico de la demanda.
Precedentes
Amparo administrativo directo 4666/34. Maniobras Marítimas de Progreso, S.C.I. 24 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José M. Truchuelo.