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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 334527
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1194
CONSEJO DE SALUBRIDAD EN EL ESTADO DE NUEVO LEON.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1194
No puede suponerse que el jefe de la Sección de Ingeniería Sanitaria en el Estado de Nuevo León, dependa del presidente del Consejo de Salubridad del mismo Estado, porque el segundo depende de los poderes locales del Estado de Nuevo León y el primero del Poder Ejecutivo Federal, siendo por tanto, inaceptable, que haya relación jerárquica entre el Consejo de Salubridad del Estado de Nuevo León y la Sección de Ingeniería del propio Estado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5228/35. González Nicolás M. 24 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.